jueves, 23 de abril de 2015

PEDAGOGÍA Y LA DIDÁCTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE LA ALTERIDAD Y LAS TRADICIONES LATINOAMERICANAS.

PEDAGOGÍA Y LA DIDÁCTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE LA ALTERIDAD Y LAS TRADICIONES LATINOAMERICANAS.

Según la definición de  que las ciencias sociales son una denominación genérica para las disciplinas o campos de saber que reclaman para sí mismas la condición de ciencias, que analizan y tratan distintos aspectos de los grupos sociales y los seres humanos en sociedad, ocupándose tanto de sus manifestaciones materiales como de las inmateriales. En su artículo el argentino Isabelino A. Siede, expresa que dichas ciencias deben ser adecuadas para que transversalmente se eduque en derechos humanos y su enseñanza en las instituciones educativas contribuya a transformar los procesos de discriminación y rechazo presentes en la sociedad.

La educación en derechos humanos ha de darse en todos los niveles educativos de un modo interdisciplinar. La educación y enseñanza en estos derechos habitualmente se considera como un contenido transversal que ha de impregnar el currículo escolar. Es cierto que la transversalidad se presenta como un medio adecuado para introducir esta educación en el curriculum. Sin embargo, la experiencia demuestra que las áreas transversales no son abordadas como se debiera. Ante esta situación, habría que buscar otras alternativas o métodos complementarios. Una posibilidad podría ser incluir la educación en derechos humanos en una asignatura específica. La existencia de una asignatura no impediría el tratamiento transversal de los derechos humanos en las demás materias. Otra alternativa sería constituir en la escuela un departamento de derechos humanos que coordinase y procurase el desarrollo y aplicación transversal de los derechos en el currículo escolar.
La educación en derechos humanos es un medio idóneo para contribuir al desarrollo pleno de la personalidad. Aunque no se puede hablar de personas educadas en los derechos humanos hasta que estos son vida en la conducta personal, es cierto que su realización también depende de la existencia de un clima político e institucional favorable al respeto y promoción de los derechos humanos. A este respecto, las Naciones Unidas desempeñan un papel relevante, ya que velan por la promoción y protección de lo humano en el mundo. Aunque se viertan multitud de críticas sobre estos organismos, y contando con las limitaciones de su actuación, lo cierto es que su labor tiene un gran valor.
Los textos internacionales de derechos humanos son un instrumento creado para reconocer, proteger y promover el respeto y cumplimiento universal de los derechos humanos. La Declaración y todo el sistema internacional de protección de los derechos humanos son un referente útil del que partir para después intentar promover más eficazmente la defensa, el respeto y el ejercicio de los derechos humanos y, en concreto, del derecho a la educación.

SOLUCIÓN A CUESTIONAMIENTOS PLANTEADOS EN LA UNIDAD 1

Características de una pedagogía en  y para los derechos humanos

En la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 se reconoce el derecho a la educación como derecho humano fundamental: “Toda persona tiene derecho a la educación”[1] (art. 26.1).

Uno de los componentes del derecho a la educación es la educación en derechos humanos. Ésta es educación en sentido pleno, ya que ayuda a alcanzar el desarrollo personal en plenitud, que es el fin primordial al que se orienta la educación. En este sentido, la educación en derechos humanos viene a destacar el núcleo de la auténtica educación y por ello forma parte del derecho a la educación.

Por lo cual se destaca el siguiente cuestionamiento ¿cuáles deberán ser las características de una pedagogía en y para los Derechos Humanos?, se responde teniendo en cuenta la  propuesta de educación en derechos humanos.
En una propuesta de educación en derechos humanos en cualquier propuesta educativa se han de considerar algunas cuestiones previas tales como la noción de educación en derechos humanos y las finalidades que con esta educación se han de alcanzar. Saber qué enseñar es clave para después seleccionar los contenidos más adecuados, plantearse la metodología a emplear y seleccionar estrategias de evaluación acertadas. La reflexión sobre esta noción y finalidades también ayudan a perfilar el papel que el profesor va a desempeñar. Sin olvidar que la propuesta para educar en derechos humanos que se elabore, se pone en práctica en un clima institucional, social y político concreto.
Ahora bien pasemos al segundo cuestionamiento
¿Qué desafíos debe afrontar una educación en Derechos Humanos en una sociedad globalizada?
Vivimos en un mundo con cambios vertiginosos. El resultado de esos cambios ha producido un aumento del bienestar material y del progreso económico; un proceso de globalización que ha dado lugar a nuevas formas de estar conectados y de solucionar o acrecentar los problemas de la humanidad.
La evaluación del “estado del mundo” está dejando atrás un legado en el que se mezclan diversos factores: cientos de guerras y conflicto, pobreza, marginalidad, discriminación y racismo. Este es un momento en que los avances en el bienestar material no son suficientes para mejorar la calidad de la vida humana.
Es responsabilidad de los seres humanos, desde cualquier posición profesional, familiar, humana y moral, contribuir a cimentar las bases de una sociedad más humana, que teniendo su origen en el interior de cada persona, se proyecte en la vida cotidiana.
Los acontecimientos sociopolíticos, económicos, culturales y militares del mundo actual, evidencian una aspiración de los pueblos: la paz como forma de convivencia social.
En esa perspectiva, Colombia es una nación que está enfrentando los esquemas de violencia, de confrontación y también de desintegración social.
En el últimos cincuenta años del último siglo, el pueblo colombiano vivió en el contexto de una sociedad conflictiva y afectada por una guerra; no obstante, dentro de esas condicionantes, los distintos sectores sociales han manifestado su anhelo de paz, de armonía social, de integración y de estabilidad para lograr la sobrevivencia humana, el progreso, la consolidación de una cultura por la vida, por el trabajo, el respeto a los demás y al medio ambiente.

En consecuencia, esas manifestaciones exigen y requieren de una educación que forme los valores y los comportamientos necesarios para construir la sociedad pacífica, progresiva y democrática. Es en el contexto de esa realidad, que surge la necesidad imperiosa de impulsar una acción educativa para promover los derechos humanos y la paz, especialmente en las generaciones emergentes.
Dada la justificación anterior, los propósitos fundamentales de esta acción educativa son:
(a) Promover el respeto a los derechos humanos entre los colombianos y las colombianas que contribuyen a fortalecer las relaciones sociales de armonía, integración y respeto mutuo.
(b) Inculcar valores y comportamientos entre los colombianos y las colombianas, que les permitan reconocer la corresponsabilidad humana en la consecución de una sociedad más próspera, justa, democrática y humana, lo que implica la convivencia fraternal entre sí y de Colombia, latino américa con el mundo.
(c) Contribuir a la verdadera reunificación y reconciliación de la sociedad colombiana, a través de una educación para la paz, la cual como proceso formativo, racional y permanente, posibilite el perfeccionamiento del hombre y de la mujer, en su dimensión espiritual, social, económica, cultural y política.
La educación en derechos humanos al inicio del nuevo milenio alcanza una trascendencia de incalculable magnitud para crear una cultura nacional de éstos; ella es un desafío para que la sociedad colombiana se convenza de su importancia y de su práctica, debe educarse no sólo para conocerlos y comprenderlos, sino también para desarrollar comportamientos consecuentes con la vigencia, defensa y promoción de los valores que contienen. Se requiere por lo tanto, una educación en valores y principios, en conceptos y esencialmente en cambios de conducta.

Solucionadas las 2 preguntas anteriores, tenemos el tercer cuestionamiento, el cual es el siguiente:

¿Qué papel juega el contexto, cuando se educa en perspectiva de Derechos Humanos?

Las tendencias educativas en América Latina señalan que es necesaria una educación para la reparación y para la prevención. De acuerdo con la experiencia vivida en Colombia, ambas corrientes se vuelven complementarias.
En consecuencia, la educación para la reparación es necesaria, ya que al terminar el conflicto armado se empezaría a comprender o se intentaría hacerlo sobre lo que ha sucedido desde 1991 con la nueva constitución y las  circunstancias, conocidas durante el conflicto, exigen un proceso de reparación social, es decir, un proceso colectivo que debe involucrar a la sociedad en su conjunto, y no sólo a todos aquellos que han sido afectados por la violación de sus derechos.

Del contexto (Entorno)
En cuanto al entorno requerido para la educación de los derechos humanos se mencionan dos ámbitos:

1. Ámbito escolar:

·         Integrar la educación en materia de derechos humanos no sólo en las actividades escolares sino en todo el proceso educativo;
·         La enseñanza de los derechos humanos no carga el plan de estudios, sino que es una forma de ampliar las materias. Además de este Tratamiento transversal, los derechos humanos también pueden enseñarse como disciplina autónoma –sobre todo en secundaria- en áreas tales como la filosofía, la ciencia política, el derecho y la teología.
2. Ámbito extraescolar:

Educación en derechos humanos dentro y fuera de los programas de enseñanza, por ejemplo en la familia, en las asociaciones y en los programas de educación permanente.
En relación al valor formativo de la participación para la educación de los derechos humanos se destaca la idoneidad de fomentar:
·         La asociación y concertación entre los distintos actores. Esta educación es responsabilidad compartida de todos los miembros de la comunidad educativa: autoridades públicas, capacitadores, educandos y familias;
·         La interacción y cooperación de todos los participantes, incluidos los miembros de la sociedad civil;
·         La participación de niños, padres y maestros en las decisiones relativas a la educación (siempre según su edad, capacidad y preparación);
·         La participación escolar del niño por ejemplo mediante la creación de comunidades escolares y consejos de alumnos, la ayuda y asesoramiento entre compañeros, la intervención de los niños en proyectos ambientales locales, regionales o mundiales;
Todas estas tareas siempre han de contemplar el sentido de responsabilidad que poseen los estudiantes, ya que según su edad estas propuestas acaso pueda resultar poco acertadas. Su responsabilidad se irá estimulando requiriéndole su colaboración en diferentes tareas según lo que su edad y preparación le permitan.

La necesidad de capacitadores y capacitadoras en derechos humanos. 

La enseñanza de la sociología o de la matemática, posiblemente no implique muchos requisitos en el capacitador. La formación del Capacitador y de la Capacitadora para los Derechos Humanos en Colombia, es un compromiso que hoy vamos a plantear como desafío a las autoridades de Educación, a las Universidades, a la Procuraduría como defensor de los Derechos Humanos, y la Defensoría del pueblo  y consecuentemente también a las organizaciones de maestros, ya que la tarea educativa en Derechos Humanos no es sólo informativa, ella exige del capacitador y de la capacitadora algunos aspectos que en términos generales se exponen a continuación:
a) El capacitador y la capacitadora en derechos humanos: un ser contextualizado.
Cuando decimos que el Capacitador o la Capacitadora en Derechos Humanos es un ser contextualizado, se hace referencia a su capacidad de elaborar utopías y así mismo , a ubicarse en la realidad de la vida cotidiana.
b) El capacitador o la capacitadora en derechos humanos promueven el aprendizaje de los derechos humanos.
El Capacitador y la Capacitadora en Derechos Humanos fomentan el conocimiento, la toma de conciencia y la modificación de comportamientos en la dirección de los Derechos Humanos. En este sentido abandona la neutralidad, la percepción parcializada, y sin reparos se propone abiertamente para influir en la formación de sujetos defensores, respetuosos y promotores de los Derechos Humanos.
c) El capacitador y la capacitadora en derechos humanos transfieren y crean condiciones para la producción de saberes y conocimientos en derechos humanos.
Asume en su calidad de guía, la tarea de transferir y producir conocimientos referidos a los Derechos Humanos, ambas tareas tienen que fundamentarse en una serie de principios epistemológicos congruentes con dicho conocimiento. El conocimiento, el saber de los Derechos Humanos, necesita de la intuición, de la imaginación, de lo subjetivo, de lo cotidiano. Es un conocimiento que debe abrirse, ampliarse con la experiencia concreta individual y colectiva de los hombres y de las mujeres. Las abstracciones de los Derechos Humanos son marcos referenciales con carácter normativo que obligan y comprometen, pero que adquieren su real dimensión en la práctica particular de individuos y grupos concretos.
El capacitador debe trabajar en la toma de conciencia de los derechos humanos, la que se facilita a través de un proceso educativo, desarrollando en el educando una capacidad crítica y reflexiva cuando se han irrespetado o violado sus derechos y los de los demás.
d) El capacitador y la capacitadora en derechos humanos:, creadores de condiciones para la práctica de los derechos humanos.
La tarea del capacitador en y para los Derechos Humanos no se agota en la transferencia y producción de conocimientos, ni tampoco en la toma de conciencia.
En Derechos Humanos, en forma especial, es capital aprender a actuar y a comportarse en la defensa de la promoción y vigencia de los derechos propios y el de los demás. Estos comportamientos no surgen de manera espontánea, sino que hay necesidades de practicarlos. Por consiguiente, el capacitador y la capacitadora en forma deliberada tienen que crear las condiciones para que se
produzca dicha práctica.

Queda por resolver la siguiente cuestión:

¿Cómo otro mundo es posible en perspectiva de la educación en derechos humanos?

En primer lugar, la principal responsabilidad es cambiarnos a nosotros mismos, para asegurar un futuro mejor para la humanidad.
Hoy en día se cuenta con la información y los instrumentos necesarios para vivir un mundo más igualitario, un mundo con justicia social y respeto por los derechos humanos, un mundo que beneficie a todos y todas.
En segundo lugar, escuchar teniendo plena conciencia de la magnitud de la ignorancia humana. El estar deseosos de escuchar nuevas voces, no sólo de las personas que han recibido educación, o que se denominan maestros, de los expertos o sabios, sino también de las personas que forman parte de lo que llamamos sociedad, es decir, los hombres y mujeres que viven en las ciudades o en las villas, en los caseríos, en las islas y hasta en el lugar más humilde de las naciones.
En tercer lugar, es necesario elegir líderes que se caractericen por su vocación de servicio, que entiendan que los valores compartidos son el aglutinante que unirá al mundo en lugar de las vinculaciones materiales, que entiendan que la sabiduría no reside en las personas con educación, en los especialistas y en los técnicos; sino en los corazones y en la mente de la gente conocida y desconocida, poderosa y sin poder
En cuarto lugar, es imprescindible la tarea de la transformación interior, que es tan personal como colectiva, y es en el ámbito personal donde se manifestará el cambio.
Es a partir de este imaginario de la sociedad donde nace la necesidad de plantear algunas directrices que faciliten una educación que dignifique al ser humano, esa es la educación en derechos humanos.

CONCLUSIONES.
Los tratados en derechos humanos permiten plantear una serie de situaciones que ilustran el panorama actual que sigue el proceso de enseñanza-aprendizaje de los derechos humanos y de los estudiantes en cualquier nivel educativo. De esta manera, a partir de los hallazgos encontrados se pueden discutir algunas cuestiones relevantes para la enseñanza de dichas temáticas en el nivel de educación básica. Respecto el análisis curricular, a pesar de que en los planes y programas de educación se plantea como eje rector de los contenidos cívicos, el conocimiento y comprensión de los derechos y deberes a lo largo de toda la educación básica, no se contemplan los derechos humanos como contenidos prioritarios de enseñanza, pues sólo se trabajan de forma muy general en algunas unidades temáticas en el área de conocimiento del medio en primero y segundo año, y civismo de tercero a sexto año, siendo en los primeros grados de primaria en donde se abordan los derechos de los niños (primero a cuarto año) y en los grados siguientes se comienzan a abordar nociones básicas sobre derechos humanos.

Cabe destacar que las dificultades en el aprendizaje de los derechos, señalan la necesidad de promover el conocimiento previo sobre estas temáticas en el hogar y desde grados anteriores a la primaria, ligado a situaciones cotidianas que le permitan al niño aplicar lo comprendido en otro contexto como lo es la escuela. Esto permitiría un desarrollo sistemático de los derechos.

Finalmente, se requiere un esfuerzo por manifestar la necesidad de impulsar una cultura de respeto y compromiso a los derechos humanos, así como a la práctica de valores sociales, por lo que pone en consideración importantes cuestionamientos para la reflexión conjunta del contexto escolar, familiar y social.


Escrito por: Carmen Simancas Romero 
Licenciada en Filosofía 
Maestrante en Educación y DDHH
Docente Colegio Luis Amigó / Asistente Observatorio de Procesos Sociales Unal 
http://losderechosdelasmujeresencolombia.blogspot.com/

Fuentes bibliográficas y de internet


Altarejos, f.; naval, c.: "virtualidad formativa de los derechos humanos: la educación cívica", revista española de pedagogía, 211 (1998), pp. 511-527.

Asamblea general: decenio de las naciones unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-2004, resolución aprobada en relación con el informe de la tercera comisión (a/49/610/add.2), naciones unidas, 1994.

Asamblea general: decenio de las naciones unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-2004, y actividades de información pública en la esfera de los derechos humanos. Naciones unidas, 1998 (a/53/313), 1999 (a/54/399) y 2001 (a/56/271).

Fernández, a. (ed.): hacia una cultura de los derechos humanos: un manual alternativo de los derechos fundamentales y del derecho a la educación. Ginebra, universidad de verano de derechos humanos y del derecho a la educación, 2000.

http://www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/23926/1/bol3_isabelino_siede.pdf el aporte de las ciencias sociales a la educación en la paz y los derechos humanos. Isabelino Siede.


http://www.monografias.com/trabajos6/tenpe/tenpe.shtml tendencias pedagógicas contemporáneas.

http://www.innovemosdoc.cl/educacion_patrimonio/innovacion/pedagogia_afirmacion_cultural.pdf La pedagogía de la afirmación cultural en la escuela normal superior indígena de Uribía.





[1] Artículo 26.1.

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