PEDAGOGÍA Y LA DIDÁCTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE LA ALTERIDAD Y LAS TRADICIONES LATINOAMERICANAS.
Según la
definición de que las ciencias sociales son una denominación
genérica para las disciplinas o campos de saber que reclaman para sí mismas la condición de ciencias, que analizan y tratan
distintos aspectos de los grupos sociales y los seres humanos en sociedad, ocupándose tanto de sus manifestaciones materiales como de las
inmateriales. En su artículo el argentino Isabelino A. Siede, expresa que
dichas ciencias deben ser adecuadas para que transversalmente se eduque en
derechos humanos y su enseñanza en las instituciones educativas contribuya a
transformar los procesos de discriminación y rechazo presentes en la sociedad.
La educación en derechos humanos ha de darse en todos
los niveles educativos de un modo interdisciplinar. La educación y enseñanza en
estos derechos habitualmente se considera como un contenido transversal que ha
de impregnar el currículo escolar. Es cierto que la transversalidad se presenta
como un medio adecuado para introducir esta educación en el curriculum. Sin
embargo, la experiencia demuestra que las áreas transversales no son abordadas
como se debiera. Ante esta situación, habría que buscar otras alternativas o
métodos complementarios. Una posibilidad podría ser incluir la educación en
derechos humanos en una asignatura específica. La existencia de una asignatura
no impediría el tratamiento transversal de los derechos humanos en las demás
materias. Otra alternativa sería constituir en la escuela un departamento de
derechos humanos que coordinase y procurase el desarrollo y aplicación
transversal de los derechos en el currículo escolar.
La educación en
derechos humanos es un medio idóneo para contribuir al desarrollo pleno de la
personalidad. Aunque no se puede hablar de personas educadas en los derechos
humanos hasta que estos son vida en la conducta personal, es cierto que su
realización también depende de la existencia de un clima político e institucional
favorable al respeto y promoción de los derechos humanos. A este respecto, las
Naciones Unidas desempeñan un papel relevante, ya que velan por la promoción y
protección de lo humano en el mundo. Aunque se viertan multitud de críticas
sobre estos organismos, y contando con las limitaciones de su actuación, lo
cierto es que su labor tiene un gran valor.
Los textos
internacionales de derechos humanos son un instrumento creado para reconocer,
proteger y promover el respeto y cumplimiento universal de los derechos
humanos. La Declaración y todo el sistema internacional de protección de los
derechos humanos son un referente útil del que partir para después intentar
promover más eficazmente la defensa, el respeto y el ejercicio de los derechos
humanos y, en concreto, del derecho a la educación.
SOLUCIÓN A
CUESTIONAMIENTOS PLANTEADOS EN LA UNIDAD 1
Características de
una pedagogía en y para los derechos humanos
En la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948 se reconoce el derecho a la
educación como derecho humano fundamental: “Toda persona tiene derecho a la
educación”[1] (art. 26.1).
Uno de los
componentes del derecho a la educación es la educación en derechos humanos.
Ésta es educación en sentido pleno, ya que ayuda a alcanzar el desarrollo
personal en plenitud, que es el fin primordial al que se orienta la educación.
En este sentido, la educación en derechos humanos viene a destacar el núcleo de
la auténtica educación y por ello forma parte del derecho a la educación.
Por lo cual se destaca el siguiente cuestionamiento
¿cuáles deberán ser las características de una pedagogía en y para los Derechos
Humanos?, se responde teniendo en cuenta la propuesta de educación en
derechos humanos.
En una propuesta
de educación en derechos humanos en cualquier propuesta educativa se han de
considerar algunas cuestiones previas tales como la noción de educación en
derechos humanos y las finalidades que con esta educación se han de alcanzar.
Saber qué enseñar es clave para después seleccionar los contenidos más
adecuados, plantearse la metodología a emplear y seleccionar estrategias de
evaluación acertadas. La reflexión sobre esta noción y finalidades también
ayudan a perfilar el papel que el profesor va a desempeñar. Sin olvidar que la
propuesta para educar en derechos humanos que se elabore, se pone en práctica
en un clima institucional, social y político concreto.
Ahora bien pasemos al segundo cuestionamiento
¿Qué desafíos debe afrontar una educación en Derechos Humanos en una
sociedad globalizada?
Vivimos en un mundo con cambios vertiginosos. El
resultado de esos cambios ha producido un aumento del bienestar material y del
progreso económico; un proceso de globalización que ha dado lugar a nuevas
formas de estar conectados y de solucionar o acrecentar los problemas de la
humanidad.
La evaluación del “estado del mundo” está dejando
atrás un legado en el que se mezclan diversos factores: cientos de guerras y
conflicto, pobreza, marginalidad, discriminación y racismo. Este es un momento
en que los avances en el bienestar material no son suficientes para mejorar la
calidad de la vida humana.
Es responsabilidad de los seres humanos, desde
cualquier posición profesional, familiar, humana y moral, contribuir a cimentar
las bases de una sociedad más humana, que teniendo su origen en el interior de
cada persona, se proyecte en la vida cotidiana.
Los acontecimientos sociopolíticos,
económicos, culturales y militares del mundo actual, evidencian una aspiración
de los pueblos: la paz como forma de convivencia social.
En esa perspectiva, Colombia es una
nación que está enfrentando los esquemas de violencia, de confrontación y
también de desintegración social.
En el últimos cincuenta años del último
siglo, el pueblo colombiano vivió en el contexto de una sociedad conflictiva y
afectada por una guerra; no obstante, dentro de esas condicionantes, los
distintos sectores sociales han manifestado su anhelo de paz, de armonía
social, de integración y de estabilidad para lograr la sobrevivencia humana, el
progreso, la consolidación de una cultura por la vida, por el trabajo, el
respeto a los demás y al medio ambiente.
En consecuencia, esas manifestaciones
exigen y requieren de una educación que forme los valores y los comportamientos
necesarios para construir la sociedad pacífica, progresiva y democrática. Es en
el contexto de esa realidad, que surge la necesidad imperiosa de impulsar una
acción educativa para promover los derechos humanos y la paz, especialmente en
las generaciones emergentes.
Dada la justificación anterior, los
propósitos fundamentales de esta acción educativa son:
(a) Promover el respeto a los derechos
humanos entre los colombianos y las colombianas que contribuyen a fortalecer
las relaciones sociales de armonía, integración y respeto mutuo.
(b) Inculcar valores y comportamientos
entre los colombianos y las colombianas, que les permitan reconocer la corresponsabilidad
humana en la consecución de una sociedad más próspera, justa, democrática y
humana, lo que implica la convivencia fraternal entre sí y de Colombia, latino
américa con el mundo.
(c) Contribuir a la verdadera
reunificación y reconciliación de la sociedad colombiana, a través de una
educación para la paz, la cual como proceso formativo, racional y permanente,
posibilite el perfeccionamiento del hombre y de la mujer, en su dimensión
espiritual, social, económica, cultural y política.
La educación en derechos humanos al
inicio del nuevo milenio alcanza una trascendencia de incalculable magnitud
para crear una cultura nacional de éstos; ella es un desafío para que la
sociedad colombiana se convenza de su importancia y de su práctica, debe educarse
no sólo para conocerlos y comprenderlos, sino también para desarrollar
comportamientos consecuentes con la vigencia, defensa y promoción de los
valores que contienen. Se requiere por lo tanto, una educación en valores y
principios, en conceptos y esencialmente en cambios de conducta.
Solucionadas las 2 preguntas
anteriores, tenemos el tercer cuestionamiento, el cual es el siguiente:
¿Qué papel juega el contexto, cuando se
educa en perspectiva de Derechos Humanos?
Las tendencias educativas en América
Latina señalan que es necesaria una educación para la reparación y para la
prevención. De acuerdo con la experiencia vivida en Colombia, ambas corrientes
se vuelven complementarias.
En consecuencia, la educación para la
reparación es necesaria, ya que al terminar el conflicto armado se empezaría a
comprender o se intentaría hacerlo sobre lo que ha sucedido desde 1991 con la
nueva constitución y las circunstancias, conocidas durante el conflicto,
exigen un proceso de reparación social, es decir, un proceso colectivo que debe
involucrar a la sociedad en su conjunto, y no sólo a todos aquellos que han
sido afectados por la violación de sus derechos.
Del contexto
(Entorno)
En cuanto al
entorno requerido para la educación de los derechos humanos se mencionan dos
ámbitos:
1. Ámbito escolar:
· Integrar
la educación en materia de derechos humanos no sólo en las actividades
escolares sino en todo el proceso educativo;
· La
enseñanza de los derechos humanos no carga el plan de estudios, sino que es una
forma de ampliar las materias. Además de este Tratamiento transversal, los
derechos humanos también pueden enseñarse como disciplina autónoma –sobre todo
en secundaria- en áreas tales como la filosofía, la ciencia política, el
derecho y la teología.
2. Ámbito
extraescolar:
Educación en
derechos humanos dentro y fuera de los programas de enseñanza, por ejemplo en
la familia, en las asociaciones y en los programas de educación permanente.
En relación al
valor formativo de la participación para la educación de los derechos humanos
se destaca la idoneidad de fomentar:
· La
asociación y concertación entre los distintos actores. Esta educación es
responsabilidad compartida de todos los miembros de la comunidad educativa:
autoridades públicas, capacitadores, educandos y familias;
· La
interacción y cooperación de todos los participantes, incluidos los miembros de
la sociedad civil;
· La
participación de niños, padres y maestros en las decisiones relativas a la
educación (siempre según su edad, capacidad y preparación);
· La
participación escolar del niño por ejemplo mediante la creación de comunidades
escolares y consejos de alumnos, la ayuda y asesoramiento entre compañeros, la
intervención de los niños en proyectos ambientales locales, regionales o
mundiales;
Todas estas tareas
siempre han de contemplar el sentido de responsabilidad que poseen los
estudiantes, ya que según su edad estas propuestas acaso pueda resultar poco
acertadas. Su responsabilidad se irá estimulando requiriéndole su colaboración
en diferentes tareas según lo que su edad y preparación le permitan.
La necesidad de capacitadores y
capacitadoras en derechos humanos.
La enseñanza de la sociología o de la
matemática, posiblemente no implique muchos requisitos en el capacitador. La
formación del Capacitador y de la Capacitadora para los Derechos Humanos en
Colombia, es un compromiso que hoy vamos a plantear como desafío a las
autoridades de Educación, a las Universidades, a la Procuraduría como defensor
de los Derechos Humanos, y la Defensoría del pueblo y consecuentemente
también a las organizaciones de maestros, ya que la tarea educativa en Derechos
Humanos no es sólo informativa, ella exige del capacitador y de la capacitadora
algunos aspectos que en términos generales se exponen a continuación:
a) El capacitador y la capacitadora en
derechos humanos: un ser contextualizado.
Cuando decimos que el Capacitador o la
Capacitadora en Derechos Humanos es un ser contextualizado, se hace referencia
a su capacidad de elaborar utopías y así mismo , a ubicarse en la realidad de
la vida cotidiana.
b) El capacitador o la capacitadora en
derechos humanos promueven el aprendizaje de los derechos humanos.
El Capacitador y la Capacitadora en
Derechos Humanos fomentan el conocimiento, la toma de conciencia y la modificación
de comportamientos en la dirección de los Derechos Humanos. En este sentido
abandona la neutralidad, la percepción parcializada, y sin reparos se propone
abiertamente para influir en la formación de sujetos defensores, respetuosos y
promotores de los Derechos Humanos.
c) El capacitador y la capacitadora en
derechos humanos transfieren y crean condiciones para la producción de saberes
y conocimientos en derechos humanos.
Asume en su calidad de guía, la tarea
de transferir y producir conocimientos referidos a los Derechos Humanos, ambas
tareas tienen que fundamentarse en una serie de principios epistemológicos
congruentes con dicho conocimiento. El conocimiento, el saber de los Derechos
Humanos, necesita de la intuición, de la imaginación, de lo subjetivo, de lo
cotidiano. Es un conocimiento que debe abrirse, ampliarse con la experiencia
concreta individual y colectiva de los hombres y de las mujeres. Las
abstracciones de los Derechos Humanos son marcos referenciales con carácter
normativo que obligan y comprometen, pero que adquieren su real dimensión en la
práctica particular de individuos y grupos concretos.
El capacitador debe trabajar en la toma
de conciencia de los derechos humanos, la que se facilita a través de un
proceso educativo, desarrollando en el educando una capacidad crítica y
reflexiva cuando se han irrespetado o violado sus derechos y los de los demás.
d) El capacitador y la capacitadora en
derechos humanos:, creadores de condiciones para la práctica de los derechos
humanos.
La tarea del capacitador en y para los
Derechos Humanos no se agota en la transferencia y producción de conocimientos,
ni tampoco en la toma de conciencia.
En Derechos Humanos, en forma especial,
es capital aprender a actuar y a comportarse en la defensa de la promoción y
vigencia de los derechos propios y el de los demás. Estos comportamientos no
surgen de manera espontánea, sino que hay necesidades de practicarlos. Por
consiguiente, el capacitador y la capacitadora en forma deliberada tienen que
crear las condiciones para que se
produzca dicha práctica.
produzca dicha práctica.
Queda por resolver la siguiente
cuestión:
¿Cómo otro mundo es posible en perspectiva de la educación en derechos
humanos?
En primer lugar, la principal
responsabilidad es cambiarnos a nosotros mismos, para asegurar un futuro mejor
para la humanidad.
Hoy en día se cuenta con la información
y los instrumentos necesarios para vivir un mundo más igualitario, un mundo con
justicia social y respeto por los derechos humanos, un mundo que beneficie a
todos y todas.
En segundo lugar, escuchar teniendo
plena conciencia de la magnitud de la ignorancia humana. El estar deseosos de
escuchar nuevas voces, no sólo de las personas que han recibido educación, o
que se denominan maestros, de los expertos o sabios, sino también de las
personas que forman parte de lo que llamamos sociedad, es decir, los hombres y
mujeres que viven en las ciudades o en las villas, en los caseríos, en las
islas y hasta en el lugar más humilde de las naciones.
En tercer lugar, es necesario elegir líderes
que se caractericen por su vocación de servicio, que entiendan que los valores
compartidos son el aglutinante que unirá al mundo en lugar de las vinculaciones
materiales, que entiendan que la sabiduría no reside en las personas con
educación, en los especialistas y en los técnicos; sino en los corazones y en
la mente de la gente conocida y desconocida, poderosa y sin poder
En cuarto lugar, es imprescindible la
tarea de la transformación interior, que es tan personal como colectiva, y es
en el ámbito personal donde se manifestará el cambio.
Es a partir de este imaginario de la
sociedad donde nace la necesidad de plantear algunas directrices que faciliten
una educación que dignifique al ser humano, esa es la educación en derechos
humanos.
CONCLUSIONES.
Los tratados en derechos humanos
permiten plantear una serie de situaciones que ilustran el panorama actual que
sigue el proceso de enseñanza-aprendizaje de los derechos humanos y de los
estudiantes en cualquier nivel educativo. De esta manera, a partir de los
hallazgos encontrados se pueden discutir algunas cuestiones relevantes para la
enseñanza de dichas temáticas en el nivel de educación básica. Respecto el
análisis curricular, a pesar de que en los planes y programas de educación se
plantea como eje rector de los contenidos cívicos, el conocimiento y
comprensión de los derechos y deberes a lo largo de toda la educación básica,
no se contemplan los derechos humanos como contenidos prioritarios de
enseñanza, pues sólo se trabajan de forma muy general en algunas unidades
temáticas en el área de conocimiento del medio en primero y segundo año, y
civismo de tercero a sexto año, siendo en los primeros grados de primaria en
donde se abordan los derechos de los niños (primero a cuarto año) y en los
grados siguientes se comienzan a abordar nociones básicas sobre derechos
humanos.
Cabe destacar que las dificultades en
el aprendizaje de los derechos, señalan la necesidad de promover el
conocimiento previo sobre estas temáticas en el hogar y desde grados anteriores
a la primaria, ligado a situaciones cotidianas que le permitan al niño aplicar
lo comprendido en otro contexto como lo es la escuela. Esto permitiría un
desarrollo sistemático de los derechos.
Finalmente, se requiere un esfuerzo por
manifestar la necesidad de impulsar una cultura de respeto y compromiso a los
derechos humanos, así como a la práctica de valores sociales, por lo que pone
en consideración importantes cuestionamientos para la reflexión conjunta del
contexto escolar, familiar y social.
Escrito por: Carmen Simancas Romero
Licenciada en Filosofía
Maestrante en Educación y DDHH
Docente Colegio Luis Amigó / Asistente Observatorio de Procesos Sociales Unal
http://losderechosdelasmujeresencolombia.blogspot.com/
Maestrante en Educación y DDHH
Docente Colegio Luis Amigó / Asistente Observatorio de Procesos Sociales Unal
http://losderechosdelasmujeresencolombia.blogspot.com/
Fuentes bibliográficas y de internet
Altarejos, f.;
naval, c.:
"virtualidad formativa de los derechos humanos: la educación cívica",
revista española de pedagogía, 211 (1998), pp. 511-527.
Asamblea
general: decenio
de las naciones unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos,
1995-2004, resolución aprobada en relación con el informe de la tercera
comisión (a/49/610/add.2), naciones unidas, 1994.
Asamblea
general: decenio
de las naciones unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos,
1995-2004, y actividades de información pública en la esfera de los derechos
humanos. Naciones unidas, 1998 (a/53/313), 1999 (a/54/399) y 2001 (a/56/271).
Fernández, a. (ed.): hacia una cultura de
los derechos humanos: un manual alternativo de los derechos fundamentales y del
derecho a la educación. Ginebra, universidad de verano de derechos humanos y
del derecho a la educación, 2000.
http://www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/23926/1/bol3_isabelino_siede.pdf el aporte de las ciencias sociales a la educación en la paz y los
derechos humanos. Isabelino Siede.
http://normaldemompox.tripod.com/documentos/tendencias_pedagogicas_contemporaneas.pdf
tendencias pedagógicas contemporáneas.
http://www.monografias.com/trabajos6/tenpe/tenpe.shtml tendencias pedagógicas contemporáneas.
http://www.innovemosdoc.cl/educacion_patrimonio/innovacion/pedagogia_afirmacion_cultural.pdf La pedagogía de la afirmación cultural en la escuela normal
superior indígena de Uribía.
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/educacion/expedocen/expedocen2.htm investigación en educación y
pedagogía.
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